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con….. JURIDICO
EL ARRENDAMIENTO, Y SUS
PROBLEMAS MÁS ODIOSOS.
POR EL LIC. GERARDO MANJARREZ GARCÍA.
Al hablar de problemas de arrendamiento siempre tenemos que hablar de
ambas partes, ya que tanto el arrendador como el arrendatario pueden cometer
abusos en este contrato que nos quitan la calma y la estabilidad personal, familiar
y patrimonial.
El arrendamiento es un contrato mediante el cual dos o más personas
acuerdan el conceder el goce y disfrute de un bien mueble o inmueble a través
de un pago denominado renta, el hecho de que el dueño del bien arrendado crea
que puede disponer a su antojo de este último o la falta del pago de la renta
son los problemas más odiosos y comunes, y para evitar que se cometan esta
injusticias e ilegalidades en este acto te informo cuales son los derechos y
obligaciones de as partes:
El arrendador está obligado:
I. A entregar al
arrendatario la finca arrendada con todas sus pertenencias y en estado de
servir para el uso convenido; y si no hubo convenido expreso, para aquél a que
por su misma naturaleza estuviere destinada; así como en condiciones que
ofrezcan al arrendatario la higiene y seguridad del inmueble;
II. A conservar la cosa
arrendada en buen estado, salvo el deterioro normal del uso que sufra el
inmueble durante el arrendamiento, haciendo para ello todas las reparaciones
necesarias; así como, las obras de mantenimiento para la conservación,
funcionalidad y seguridad del inmueble;
III. A no estorbar ni
embarazar de manera alguna el uso de la cosa arrendada, a no ser por causa de
reparaciones urgentes e indispensables;
IV. A garantizar el uso o
goce pacífico de la cosa por todo el tiempo del contrato;
V. A responder de los
daños y perjuicios que sufra el arrendatario por los defectos o vicios ocultos
de la cosa, anteriores al arrendamiento.
El arrendatario está obligado:
I. A satisfacer la
renta en la forma y tiempo convenidos;
II. A responder de los
perjuicios que la cosa arrendada sufra por su culpa o negligencia, la de sus
familiares, sirvientes o subarrendatarios;
III. A servirse de la
cosa solamente para el uso convenido o conforme a la naturaleza y destino de
ella.
Ninguna de las partes, como en ningún contrato, pueden dejar de cumplir
sus derechos y obligaciones, porque de lo contrario se debe de acudir a los
tribunales para dirimir las controversias que se susciten entre ambos.
Si tienes algún problema con derivado de la ejecución del contrato de
arrendamiento llámanos, nosotros podemos ayudarte, visítanos en nuestras
oficinas centrales ubicadas en Av. Jardín 170, Colonia Tlatilco, Delegación
Azcapotzalco de esta Ciudad de México, teléfono (55) 53 55 55 91, o nuestras
redes sociales como Gerardo Manjarrez
NOTA: El contenido de cada Articulo es Responsabilidad de quien lo Escribe.
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